Eye-Able® General Condiciones generales de venta para los consumidores (AGB/V)

EYE-ABLE® AGB

§ 1 Ámbito de aplicación, Enmienda

  • Web Inclusion GmbH, Gartenstraße 12c, 97276 Margetshöchheim, representada por el gerente Oliver Greiner, - en lo sucesivo, el Proveedor - vende el software "Eye-Able", con cuya ayuda los clientes pueden adaptar las páginas web a las necesidades individuales. Las presentes Condiciones Generales tienen por objeto regular lo mejor posible la relación jurídica entre el Proveedor y el respectivo Cliente. Estas condiciones se aplicarán exclusivamente; no se reconocerán las condiciones del cliente que entren en conflicto con estas condiciones o se desvíen de ellas, a menos que el proveedor las haya aceptado expresamente en un caso individual.
  • El Proveedor se reserva el derecho de modificar las presentes Condiciones Generales en cualquier momento y sin necesidad de indicar los motivos. En este caso, el Proveedor informará al Cliente de las Condiciones Generales modificadas a más tardar dos semanas antes de la entrada en vigor de las mismas y le enviará las Condiciones Generales modificadas. El cliente puede oponerse a estas modificaciones en un plazo de dos semanas a partir de la recepción de las condiciones modificadas. Si no se presenta ninguna objeción o si no se presenta ninguna objeción a su debido tiempo, las condiciones modificadas se considerarán aceptadas por el cliente. En caso de una objeción oportuna por parte del Cliente, el Proveedor será libre de terminar la relación legal en cuestión en el momento en que los Términos y Condiciones modificados deban entrar en vigor o de continuarla en las condiciones anteriores.
  • El contrato sólo se celebrará en lengua alemana. Además, el derecho alemán es aplicable con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, en la medida en que el cliente sea un comerciante.

§ 2 Conclusión del contrato, objeto del contrato, lugar de ejecución

  • El contrato sólo se celebra cuando la oferta realizada por el cliente es aceptada por el proveedor (confirmación del pedido). La confirmación del pedido debe ser en forma de texto para que sea efectiva. Todas las ofertas del Proveedor deben ser entendidas por el Cliente como una invitación a presentar una oferta y no son vinculantes.
  • El objeto del contrato es el suministro temporal del software "Eye-Able" en la medida acordada en cada caso en la versión vigente en el momento de la celebración del contrato a cambio de una remuneración. El alcance de los servicios del software contractual resulta del contrato respectivo y/o de la información de la confirmación de pedido subyacente.
  • El Cliente también puede encargar al Proveedor servicios adicionales por separado, como la personalización y/o la configuración del software. El alcance de estos servicios resulta entonces de la orden respectiva.
  • Las modificaciones y adiciones al objeto del contrato o al alcance de los servicios deben hacerse al menos en forma de texto para que sean efectivas. El Proveedor tendrá derecho a cobrar los costes en los que se haya incurrido por este motivo en una cantidad adecuada.
  • El Proveedor puede recurrir a la ayuda de terceros para la prestación del servicio que le corresponde por contrato.
  • El lugar de cumplimiento será, por lo general, el domicilio social del Proveedor, salvo acuerdo en contrario.

§ 3 Duración del contrato

  • El contrato de cesión temporal de los programas informáticos contractuales comienza en el momento de la celebración del contrato y se limita a un año.
  • Una vez transcurrido un año, el contrato se prorroga automáticamente por un año más si una de las partes no lo rescinde a su debido tiempo, es decir, tres meses antes de que finalice el año o el periodo de prórroga. La rescisión debe hacerse en forma de texto. El envío oportuno de la notificación de rescisión será suficiente para cumplir el plazo.
  • El derecho a la rescisión extraordinaria por causa justificada (artículo 316 del Código Civil) no se ve afectado. Se da una buena causa por parte del Proveedor en los siguientes casos:
  1. Incumplimiento de pago por parte del cliente incluso después de la expiración de un período de gracia;
  2. Cesión de uso no autorizada a terceros;
  3. Incumplimiento reiterado y grave de las obligaciones contractuales por parte del cliente.

Si el Proveedor rescinde el contrato por causa justificada debido a la conducta culpable del Cliente, éste deberá indemnizar al Proveedor por todos los daños y perjuicios ocasionados por la rescisión prematura del contrato. No obstante, el cliente tendrá derecho a demostrar que no se ha producido ningún daño o un daño menor como consecuencia de ello. Quedan reservados otros derechos del Proveedor.

 

§ 4 Tasa de licencia, condiciones de pago

 

  • Todos los precios son netos más el impuesto sobre el valor añadido aplicable.
  • El canon respectivo resulta de la lista de precios vigente en el momento de la celebración del contrato y depende de la propiedad del usuario y del alcance del objeto del contrato.
  • Los servicios adicionales, como la personalización y/o la configuración del software, no están incluidos en el precio y deben ser solicitados por separado por el cliente. Estos costes, así como los gastos de viaje en los que se haya incurrido, se remunerarán por separado en función de los gastos.
  • El proveedor ofrece los siguientes métodos de pago:
  1. PayPal,
  2. Domiciliación bancaria,
  3. Transferencia bancaria,
  4. Transferencia bancaria instantánea (disponible próximamente)
  5. Tarjeta de crédito (disponible próximamente)
  6. Amazon Pay (disponible pronto)
  • Todas las facturas son pagaderas inmediatamente y sin deducciones. El cliente incurrirá en mora si no liquida la factura en un plazo de 30 días tras la recepción de la misma.
  • Las objeciones a las facturas deben plantearse al Proveedor en forma de texto. Se considerará que una factura ha sido aprobada por el cliente si éste no la ha objetado en un plazo de cuatro semanas a partir de la recepción de la factura. El envío a tiempo de la objeción será suficiente para cumplir el plazo.
  • En caso de incumplimiento de pago, el Proveedor tendrá derecho a no prestar más servicios y a interrumpir los servicios en curso.

En caso de terminación prematura del contrato, independientemente de su naturaleza, los servicios ya prestados por el Proveedor serán remunerados de acuerdo con el acuerdo contractual hasta que el evento de terminación surta efecto. Esta disposición no afecta a los derechos legales del Proveedor. Las reclamaciones que se deriven del presente apartado se resolverán en el ámbito de las reclamaciones derivadas de la ley.

§ 5 Entrega, instalación, plazo de entrega

  • El objeto respectivo del contrato se entregará al cliente con la clave necesaria para la instalación en principio inmediatamente después de la recepción del pago de la forma habitual en el mercado (correo, enchufe, descarga), siempre que el cliente no haya pedido servicios adicionales en el sentido del § 4 párrafo 3 de estas Condiciones Generales. En este caso, el plazo de prestación se ampliará en función del alcance de la adaptación o modificación.
  • La instalación y la configuración del software contractual serán realizadas por el Cliente, a menos que el Proveedor haya sido encargado de ello por separado.
  • La obligación de cumplir con los plazos de entrega o provisión por parte del Proveedor requiere un acuerdo contractual en forma de texto si dicha obligación no surge de normas legales obligatorias.
  • Los plazos de prestación o entrega se prolongarán en consecuencia si el cliente no cumple con sus obligaciones de colaboración y/o en caso de que se soliciten posteriormente modificaciones o ampliaciones.
  • En caso de imprevistos no imputables a ninguna de las partes, los plazos de prestación y entrega se prolongarán por el periodo correspondiente. El cliente será informado de ello sin demora.
  • Si el objeto del contrato se adapta o modifica individualmente para el cliente, éste está obligado a aceptar el objeto del contrato y a comprobar su funcionalidad en un plazo de 14 días tras la aceptación. Se llevará un registro del curso de la aceptación. El objeto del contrato se considerará aceptado si el Proveedor ha fijado al Cliente un plazo razonable para la aceptación y el Cliente no ha rechazado la aceptación dentro de este plazo, indicando al menos un defecto.
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§ 6 Obligaciones del cliente

  • El Cliente está obligado a utilizar los derechos de uso que le concede el Proveedor únicamente para los fines acordados contractualmente.
  • El cliente siempre está obligado a cooperar activamente. El alcance de estos deberes de cooperación resulta del respectivo contrato o de las circunstancias del mismo, por lo que la lista no es exhaustiva. En particular, el cliente debe proporcionar toda la información requerida en su totalidad al inicio de los servicios.
  • Si el Cliente no coopera o no lo hace plenamente, el Proveedor tendrá derecho a exigir una remuneración adicional en una cuantía adecuada por los gastos adicionales ocasionados.
  • El cliente debe proporcionar información veraz al celebrar el contrato. En caso de que se produzcan cambios en esta información, el cliente deberá informar al Proveedor sin demora. Si posteriormente se descubre que el cliente ha facilitado información falsa, por ejemplo, sobre la naturaleza de su persona, el objeto del contrato, etc., estará obligado a indemnizar al proveedor por los daños resultantes, en la medida en que sea culpable de ello.
  • El Cliente no podrá vender, ceder, prestar, alquilar y/o arrendar el objeto del contrato y los derechos de uso asociados a terceros sin el consentimiento previo del Proveedor. En el caso de los usuarios comerciales, la autorización para utilizar el software en una red no incluye el derecho a proporcionar el software para que lo utilicen otras empresas o compañías que se incorporen después de la celebración del contrato.
  • El cliente no puede eliminar o eludir los mecanismos de protección existentes del software contra el uso no autorizado, a menos que sea necesario para lograr un uso sin problemas. Los avisos de derechos de autor, los números de serie y otras características que sirven para identificar el software tampoco pueden ser eliminados o modificados.
  • El cliente está obligado a realizar una copia de seguridad de sus datos con regularidad, en la medida en que estas obligaciones no recaigan en el proveedor según el tipo y el alcance del respectivo contrato.

§ 7 Derechos de uso

  • En principio, los derechos de uso acordados sobre el respectivo objeto del contrato sólo se transmitirán al cliente tras la recepción del pago íntegro.
  • A menos que se celebre un acuerdo de uso por separado, el cliente recibirá en principio un derecho de uso simple e intransferible, limitado en el tiempo e ilimitado en el espacio, para el uso previsto.
  • El cliente tiene derecho a utilizar el objeto del contrato para su uso dentro del ámbito de la licencia adquirida durante la duración estipulada en el contrato.
  • El cliente no tendrá derecho a la divulgación y/o cesión del código fuente, siempre que no haya normas legales obligatorias que se opongan a ello.
  • Todos los derechos sobre cualquier software en la relación entre las partes contratantes corresponderán exclusivamente al Proveedor, en la medida en que no se concedan derechos al Cliente en virtud de las presentes Condiciones Generales o de cualquier otro acuerdo.
  • El cliente puede hacer una copia de seguridad de acuerdo con el artículo 69d (2) UrhG. La copia deberá estar marcada como tal. Si el cliente puede demostrar que la versión original ya no se encuentra o ha quedado inutilizada, la copia de seguridad sustituirá al original.

 

§ 8 Responsabilidad

  • En principio, el Proveedor será responsable sin limitaciones de los daños causados intencionadamente o por negligencia grave, en caso de ocultación fraudulenta de defectos, en caso de asunción de una garantía de calidad, en caso de reclamaciones basadas en la Ley de Responsabilidad por Productos y en caso de lesiones a la vida, la integridad física o la salud.
  • El Proveedor sólo será responsable de los defectos que ya estaban presentes cuando se suministró el software contractual al Cliente en la medida en que el Proveedor sea responsable de estos defectos.
  • Por el contrario, el Proveedor sólo será responsable de otros daños si se incumple una obligación cuyo cumplimiento es de especial importancia para la consecución del objeto del contrato (obligación cardinal).
  • En caso de negligencia leve, la responsabilidad se limitará al importe de los daños previsibles que puedan producirse normalmente.
  • El Proveedor no será responsable de la pérdida de datos y/o programas en la medida en que el daño se deba a que el Cliente no haya realizado copias de seguridad periódicas de los datos a intervalos cortos, como es habitual en el sector, y así garantizar que los datos perdidos puedan ser restaurados con un esfuerzo razonable.
  • Las normas de responsabilidad anteriores también se aplican a los empleados y/o auxiliares ejecutivos del Proveedor.
  • En todos los demás aspectos, se excluye la responsabilidad.

§ 9 Garantía en el ámbito de las adaptaciones o modificaciones individuales

  • Las siguientes disposiciones sólo se aplicarán a las adaptaciones o modificaciones individuales del software contractual que el cliente haya pedido por separado, cf. § 2 párrafo 3 de estas Condiciones Generales.
  • En el caso de una adaptación o modificación individual del objeto del contrato llevada a cabo en el marco de un pedido independiente, el proveedor debe la atención habitual en el sector. En este sentido, el proveedor asume la responsabilidad por los defectos en el sentido de que el objeto del contrato cumple con los requisitos acordados sobre la base del contrato y es adecuado para su uso de acuerdo con el contrato.
  • El lugar de cumplimiento de la prestación complementaria es el domicilio social del proveedor.
  • El cliente deberá notificar los defectos sin demora. Si el cliente es un comerciante, está obligado a comprobar los defectos del software contractual inmediatamente después de su recepción y a informar de ellos si es necesario, véase el artículo 377 del Código de Comercio alemán (HGB).
  • Queda excluida la auto-reparación por parte del cliente antes de la expiración infructuosa de un plazo razonable fijado por el cliente para el cumplimiento posterior.
  • El cumplimiento posterior se efectuará, a elección del Proveedor, mediante la subsanación del defecto o la entrega de un artículo libre de defectos.
  • El cumplimiento posterior puede realizarse mediante la transmisión telecomunicativa del software, a menos que la transmisión telecomunicativa no sea razonable para el cliente, por ejemplo, por razones de seguridad informática.
  • El Proveedor no será responsable en los casos en que el Cliente o terceros hayan realizado modificaciones en el objeto del contrato, a menos que estas modificaciones no hayan influido en la aparición del defecto. El Cliente deberá ayudar al Proveedor a determinar y subsanar el defecto y le concederá inmediatamente acceso a los documentos de los que se desprenden las circunstancias más detalladas de la aparición del defecto.
  • El proveedor es responsable en relación con la garantía por dolo y negligencia grave. El Proveedor sólo será responsable por negligencia leve en caso de incumplimiento de una obligación contractual esencial (obligación cardinal), cuyo cumplimiento sea un requisito para la correcta ejecución del contrato y en cuya observancia pueda confiar regularmente el Cliente, así como en caso de daños derivados de lesiones a la vida, la integridad física o la salud.
  • Las reclamaciones por cumplimiento posterior prescriben a los doce meses de la entrega del objeto del contrato, salvo en caso de dolo.
  • En todos los demás aspectos, se aplicarán las disposiciones legales.

§ 10 Fuerza mayor

El Proveedor quedará liberado de la obligación de cumplir en casos de fuerza mayor. Se considerará fuerza mayor todo acontecimiento imprevisto, así como aquellos cuyos efectos sobre la ejecución del contrato no sean responsabilidad de ninguna de las partes. Estos acontecimientos incluyen, en particular, la acción industrial legal, también en empresas de terceros, así como las medidas oficiales.

§ 11 Privacy Policy, Secreto

  • En la prestación de sus servicios, el Proveedor cumplirá las disposiciones de la ley de protección de datos, en particular las disposiciones de la DSGVO y la BDSG.
  • Las partes mantendrán el secreto sobre los negocios y los secretos comerciales, la información, los documentos y los datos de la otra parte que se conozcan en cada caso.
  • Las obligaciones anteriores seguirán vigentes tras la finalización de cualquier contrato.

§ 12 Disposiciones finales

  • Si el cliente es un comerciante, el lugar de jurisdicción para todos los litigios relativos a la relación contractual será el tribunal del domicilio social del proveedor.
  • Si alguna de las disposiciones de este acuerdo fuera inválida o quedara invalidada durante la vigencia del mismo, todas las demás disposiciones de este acuerdo no se verán afectadas por ello y seguirán aplicándose sin cambios. La disposición inválida será sustituida por otra disposición admisible que se acerque lo más posible al sentido y finalidad de la disposición inválida.
  • Las modificaciones o suplementos del contrato respectivo deben hacerse al menos en forma de texto para que sean efectivas.

§ 13 Resolución de conflictos:

La Comisión Europea ha creado una plataforma de Internet para la resolución de litigios en línea. La plataforma sirve de punto de contacto para la resolución extrajudicial de litigios relativos a las obligaciones contractuales derivadas de los contratos de venta en línea. Puede obtener más información en el siguiente enlace: http://ec.europa.eu/consumers/odr. No estamos dispuestos ni obligados a participar en un procedimiento de resolución de conflictos ante una junta de arbitraje de consumo.